Ayuda LEADER a Riegos de Levante para Centro de Pesaje El Hondo

A través de la resolución del 23 de junio de 2023 de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, se comunicó a la Comunidad General de Regantes Riegos de Levante la concesión de una ayuda LEADER por un total de 14.732,40 € para la creación de un centro de pesaje en El Hondo.

¿Para qué se crea un centro de pesaje en El Hondo?

  • Puesto que la carpa está catalogada como EEI existen una serie de restricciones en su gestión y aprovechamiento. Estas limitaciones vienen definidas en la ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y en el RD 630/2013 de 2 de agosto, regula el catálogo español de EEI.
  • Son las Comunidades Autónomas las encargadas del control de estas EEI a través de planes de control específicos para las mismas. En el caso de la carpa, la Comunidad Valenciana elaboró un plan de control publicado a través de la ORDEN 3/2019, de 26 de septiembre, por la que se aprueban los planes de control de la carpa en el Parque Natural de L’Albufera y el Parque Natural de El Hondo, y el plan de control del cangrejo rojo americano en el Parque Natural de L’Albufera. 
  • Este plan propone como método de control la pesca sostenible de la carpa. Sin embargo, no existe en el entorno del Parque Natural El Hondo una lonja para pescado continental ni un centro de pesaje, por lo que, en estos momentos, no se puede llevar a cabo el control mediante pesca sostenible por no poder cumplir con lo establecido en el RD 418/2015 que regula la primera venta de productos pesqueros. Es decir, no existe la posibilidad de transportar legalmente la carpa desde su punto de pesca en El Hondo hasta el punto de primera venta, por lo que es necesario habilitar un centro de pesaje. Una vez constituido este centro de pesaje se podrá emitir el documento de transporte que es obligatorio para la trazabilidad de la carpa como producto pesquero con independencia del destino que se le quiera dar.
  • Según el RD 418/2015, de 29 de mayo, por el que se regula la primera venta de los productos pesqueros, todo producto pesquero de primera venta ha de disponer de un documento de transporte. La emisión de este tipo de documentos sólo puede realizarse en los puntos de primera venta, habitualmente lonjas, o en un centro autorizado para el pesaje del producto pesquero. Este documento es el que otorga la obligatoria trazabilidad de un producto.
  • Los centros de pesaje son lugares habilitados para el pesado del producto pesquero en condiciones higiénicas. La información sobre el peso, talla y especies pescadas ha de enviarse obligatoriamente a Conselleria través de un software específico. Será Conselleria quien transfiera esta información a la red nacional (Sistema Trazapes) para la correcta trazabilidad del producto pesquero.
  • A pesar de que la Comunidad de regantes dispone de autorización para la pesca profesional dentro de sus instalaciones (coto de pesca A-15) y de que cuenta además con una autorización específica para ejercer el control de la carpa dentro del ámbito de los embalses de El Hondo, la Conselleria nos obliga a disponer de un centro de pesaje para poder comercializar la carpa, según lo que establece la ORDEN 3/2019 de 26 de septiembre de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica. 
  • Puesto que la carpa está catalogada como EEI existen una serie de restricciones en su gestión y aprovechamiento. Estas limitaciones vienen definidas en la ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y en el RD 630/2013 de 2 de agosto, regula el catálogo español de EEI.
  • Son las Comunidades Autónomas las encargadas del control de estas EEI a través de planes de control específicos para las mismas. En el caso de la carpa, la Comunidad Valenciana elaboró un plan de control publicado a través de la ORDEN 3/2019, de 26 de septiembre, por la que se aprueban los planes de control de la carpa en el Parque Natural de L’Albufera y el Parque Natural de El Hondo, y el plan de control del cangrejo rojo americano en el Parque Natural de L’Albufera. 
  • Este plan propone como método de control la pesca sostenible de la carpa. Sin embargo, no existe en el entorno del Parque Natural El Hondo una lonja para pescado continental ni un centro de pesaje, por lo que, en estos momentos, no se puede llevar a cabo el control mediante pesca sostenible por no poder cumplir con lo establecido en el RD 418/2015 que regula la primera venta de productos pesqueros. Es decir, no existe la posibilidad de transportar legalmente la carpa desde su punto de pesca en El Hondo hasta el punto de primera venta, por lo que es necesario habilitar un centro de pesaje. Una vez constituido este centro de pesaje se podrá emitir el documento de transporte que es obligatorio para la trazabilidad de la carpa como producto pesquero con independencia del destino que se le quiera dar.
  • Según el RD 418/2015, de 29 de mayo, por el que se regula la primera venta de los productos pesqueros, todo producto pesquero de primera venta ha de disponer de un documento de transporte. La emisión de este tipo de documentos sólo puede realizarse en los puntos de primera venta, habitualmente lonjas, o en un centro autorizado para el pesaje del producto pesquero. Este documento es el que otorga la obligatoria trazabilidad de un producto.
  • Los centros de pesaje son lugares habilitados para el pesado del producto pesquero en condiciones higiénicas. La información sobre el peso, talla y especies pescadas ha de enviarse obligatoriamente a Conselleria través de un software específico. Será Conselleria quien transfiera esta información a la red nacional (Sistema Trazapes) para la correcta trazabilidad del producto pesquero.
  • A pesar de que la Comunidad de regantes dispone de autorización para la pesca profesional dentro de sus instalaciones (coto de pesca A-15) y de que cuenta además con una autorización específica para ejercer el control de la carpa dentro del ámbito de los embalses de El Hondo, la Conselleria nos obliga a disponer de un centro de pesaje para poder comercializar la carpa, según lo que establece la ORDEN 3/2019 de 26 de septiembre de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica. 

Algunas imágenes de la actuación realizada.

Antes:

Después:

Antes:

Después:

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